Ingreso de personas mayores de 25 años sin título secundario

La Ley de Educación Superior Nº 24.521, en su Artículo 7°, establece que excepcionalmente las personas mayores de 25 años que no hayan finalizado sus estudios secundarios podrán ingresar a las Universidades siempre que demuestren a través de evaluaciones que poseen “preparación o experiencia laboral acorde con los estudios que se proponen iniciar, así como aptitudes y conocimientos suficientes para cursarlos satisfactoriamente”.
A los fines de garantizar este derecho, corresponde al Consejo de Carrera del Área Transdepartamental de Formación Docente establecer los mecanismos de dicha evaluación, a los fines de ampliar las posibilidades de acceso a la formación universitaria.

Con ese fin, se aprobó un procedimiento de evaluación para las personas que se encuentren en esta situación y que deseen ingresar a una de las carreras de Profesorado de Artes que se dictan en el Área. Dicho procedimiento fue establecido por la Resolución CC ATFD N°84-2023 (descargar).

Aprobar esta evaluación no implica en ningún caso el reconocimiento ni el cumplimiento de los estudios de nivel secundario.



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